• ASIGNACIÓN DE DERECHOS DE VOTO ASAMBLEA GENERAL (73 MIEMBROS):
o Por sectores:
Sector Público (Ayuntamientos) 46,58% → 34 derechos de voto.
Sector Privado (Asociaciones) 53,42% → 39 derechos de voto.
o Individualmente:
A cada representante municipal le corresponde → 1 derecho de voto.
A cada representante asociativo privado le corresponde → 1 derecho de voto.
o Para la válida adopción de acuerdos es preciso que el sector privado alcance una asistencia de al menos el 51% de los derechos de voto presentes en la votación, contabilizándose también a estos efectos los correspondientes a las delegaciones de voto que formalmente se hayan conferido por aquellos representantes que no asistan a la sesión.
• ASIGNACIÓN DE DERECHOS DE VOTO JUNTA DIRECTIVA (21 MIEMBROS):
o Por Sectores:
Sector Público (Ayuntamientos) – 42,86% → 9 derechos de voto.
Sector Privado (Asociaciones) – 57,14% → 12 derechos de voto.
o Individualmente:
Varón representando al Sector Público 1 derecho de voto.
Mujer representando al Sector Público 1 derecho de voto.
Varón representando al Sector Privado 1 derecho de voto.
Mujer representando al Sector Privado 1 derecho de voto.
o Para la válida adopción de acuerdos es preciso que el sector privado alcance una asistencia de al menos el 51% de los derechos de voto presentes en la votación, contabilizándose también a estos efectos los correspondientes a las delegaciones de voto que formalmente se hayan conferido por aquellos representantes que no asistan a la sesión.
o Por Género:
Hombres – 52,38% → 11 derechos de voto.
Mujeres 47,62%→ 10 derechos de voto.